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Fallos: 231:113 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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FRANCISCO RODRIGUEZ DURAN —sv suc.— v. CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Generalidades.

Si en la resolución por la que se provee el escrito en que se interpuso el recurso ordinario de apelación, se declara conceder el extraordinario, corresponde devolver los autos al tribunal respectivo a fin de qe se pronuncie respecto del recurso deducido (1).


AGAPITO MARTINEZ Y OTRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Cónsules extranjeros, No corresponde que la Corte Suprema conozca originariamente en el proceso seguido contra un cónsul extranjero que no versa sobre hechos que hayan sido cumplidos en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, tal como el accidente ocasionado por el automóvil que conducía dicho funcionario (2).


MANUEL ANTONIO GUIÑAZU
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia Nacional. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus reparticiones autárquicas.

Corresponde a la justicia en lo penal de la respectiva provincia —y no a la nacional— conocer del proceso por la defraudación que se habría cometido en aquélla en perquedo de la Fundación Eva Perón, delito que no afecta bienes o rentas de la Nación (°).

— (1) Me abril.

2) 14 de abril. Fallos: 225, 310, 3) 14 de abril, Fallos: 223, 25.

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:113 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-113

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