hablar a esos hombres y a esas mujeres que huyen, y decirles que el deber de cada uno es quedar pegado a su casa, a su suelo, a su trabajo, conservar por su parte la figura de Francia durante el cruel período en que el enemigo se esforzará por mutilarla... Pero ninguna voz resonó para encarar así la cuestión..." Aquí tenemos, pues, el caso, de una comunidad preparada técnicamente para la defensa, que cae por la carencia de un ser nacional integrado.
Un año después, en 1941, Londres se ve ante el ataque arrollador de la aviación enemiga. Y Churchill escribe: "En aquella época los ingleses, y particularmente los londinenses, se portaron tan bien como no se portaron jamás, Hoscos y alegres, leales y voluntariosos, sintiendo hasta la médula la confianza de un pueblo que no había sido jamás vencido, se adaptaron a la extraña y nueva vida que se les deparaba, aceptando todos sus terrores, impresiones y sobresaltos..." Con sangre, sudor y lágrimas soportó el pueblo la terrible prueba, y mientras los parlamentarios se trasladaban de una Cámara bombardeada a cualquier otro edificio para proseguir sus deliberaciones, las mujeres colocaban pequeñas banderas sobre las ruinas, y un hombre de Ia Guardia Metropolitana, en la oscuridad de una puerta, decía a sus compañeros: "Esta vida es magnífica. ¡Con tal que no flaqueeros!..."" Y aquí tenemos el caso de una comunidad cuya preparación defensiva era deficiente ante la superioridad técnica del ataque, y que se salvó, no obstante, por la presencia de una conciencia nacional perfectamente integrada, caracterizada por un orgulloso sentido patriótico. "Creo —agrega Churchill— que la capacidad de soportar los sufrimientos no conoce límites cuando el espíritu de un pueblo —sea ese pueblo el que sea— se exalta en extremo". d
Compartir
100Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1954, CSJN Fallos: 230:10
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-230/pagina-10¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 230 en el número: 10 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
