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Fallos: 23:710 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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—" FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E "Caso. — Está esplicado en el á , Falle del Juez de Seccion i Corrientes, Marzo de 1681.

Y Vistos: Don Tomás Appleyard, apoderado de Don Fran— elsco Mañe, demandó á Don José T. Barboza por daños y perjui| elos provenientes de la pérdida de una cantidad de hacienda de su propiedad embarcada á bordo de la Chata « Osorio > en el Paso de la Patria con destino 4 Formosa. Dijo que su mandante habia celebrado contrato verbal con fecha veinte y cinco de Febrero del año pasado, con el Señor Barboza y su agente Don Alfredo Laffont, para el trasporte de la hacienda, que se espresa en la cuenta de foja primera hasta « Formosa», y que habión dose embarcado dicha hacienda el dia dos de Abril del mismo año en aquella chata, zarpó á remolque del vapor « Osorio», pero que como á la cuadra y media se fué á pique la chata, naufragando casi toda la hacienda, de la que se salvaron solo once animales que quedaron á cargo de un peon de Deffis; que la causa del siniestro fué no haber puesto lastre á la chata, carecer de las espías necesarias para mantener convenientemente á los animales y llevar abiertas las boca-portas de las escotillas, por cuya razon se llenó de agua.

— Barboza, por su parte, se limitó en su contestacion á negar que "él hubiese celebrado contrato alguno con Mañé y que pur esta razon no estaba obligado 4 abonar los perjuicios causados por el naufragio de la chata, pues como dueño de ella babia sido tambien perjudicado por su pérdida.

Abierta la causa á prueba, Barboza absolviendo posiciones, ha confesado contestando la 4° y última pregunta que le hizo su adversario á fojas 58 y 59, que Don Alfredro Laffont es su agente competentemente autorizado para celebrar contratos de fetamento y arreglos verbales para conduccion de haciendas en

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:710 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-710

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