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Fallos: 23:475 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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DE JUSTICIA NACIONAL 475

CAUSA CI
Criminal, contra D. Adolfo P. Carranza, por injurins al Jefe de la Estafeta de Pileiao. Incidente sobre insuficiencia de un poder, Sumario. — Un poder deficiente puede ser aceptado por el Juez, cuando el apoderado que lo presenta ofrece subsanar las deficlencias, mediante la correspondiente caucion y manifiesta estar suficientemente instruido y espensado, Caso. — Un unos autos criminales iniciados en el Juzgado Federal de Catamarea contra D, Adolfo P. Carranza, domiciliado en el Ingenio « La Constancia» por injurias graves por escrito al Jefe de la Estafeta de Pilcino D, Pedro Ferrando, con veasion del ej reicio de sus funciones, el Juez de Seccion dictó un auto ordenando el arresto del procesado, del cual podria eximirse dando la correspondiente fanza de estar á derecho, D. Mardoqueo Molina, en representacion de Carranza, pidió se le tuviera por parte y se entendieran con él las diligencias del juicio, mediante un poder que presentó.

Corrida vista al Procurador Fiseal ad hor, este espuso que el poder presentado era insuficiente y que por tanto no debía T. xi 3

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:475 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-475

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