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Fallos: 229:76 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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A mérito del acuerdo que antecede, se confirma, con cosfas, y en todas sus partes, la sentencia apelada de fs, 46 a Is. 47 vta, — Romeo Fernando Cómera, — Mazimiliang Consoli. — Abelardo Jorge Montiel,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de junio de 1954.

Vistos los nutos: "Rouco María Andrea Lobo de €/ Gobierno de la Nación s/ pensión militar", en los que a fs. 84 se ha concedido el recurso extraordinario.

Considerando :

Que el recurso extraordinario es procedente porque está en cuestión la inteligencia de normas federales "que ambas partes entendían compatible con su derecho" y en tales ensos, como lo tiene declarado esta Corte (Fallos: 189, 308) "la procedencia del reeurso extraordinario no se supedita a la resolución contraria a la pretensión de ninguna de ellas (las partes), pues entonces, cualquiera sea el tenor de la sentencia, necesariamente envuelve el desconocimiento de una facultad o una exención fundada en una ley federal y cabe, por lo tanto, en el ine, 3 del art. 14 de la ley 48".

Que la actora es hija de un coronel expedicionario al desierto fallecido en el año 1936 cuando aquélla era casada, por lo cual no tuvo parte en la pensión acordada con motivo de dicho fallecimiento. Pero como hubiera enviudado en 1938 y el decreto-ley 29,375/44 comprende a las hijas legítimas o naturales reconocidas que siendo viudas carezcan de medios para su subsistencia, hizo el reelamo administrativo pertinente el 17 de diciembre de 1945, con resultado adverso, Ello determinó la promoción de este juicio en el que las sen

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:76 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-76

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