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Fallos: 228:504 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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EDGARDO FRANCISCO RUIZ
JUBILACIÓN DE EMPLEADOS NACIONALES: Personas comprendidas, Mállanse comprendidos en el régimen de la ley 4349 y sus modificatorias los servicios de los apoderados sustitutos designados en ejercicio de sus facultades por los agente judiciales dependientes de la Administración Ce neral de Obras Sanitarias de la Nación y remunerados a comisión con fondos del tesoro nacional en la medida dispuesta por la Administración, sin que sea óbice la falta de nombramiento oficial.

DICTAMEN DE LA JUNTA DE EA Sección Ley 4349 Ebdoptado por Resolución del Directorio del Tastituto Nacional de Previsión Social) Señores miembros de la Junta :

Según constancias de fs. 75, con fecha 7 de julio de 1949 se acordo a don Edgardo Francisco Huiz, jubilación por retiro voluntario, Su haber, fué ampliado incluyendo servicios prestados hasta la fecha del cese, por resolución de fs. 102, A fines de otorgar dicha prestación, se consideraron servicios prestados en Obras Sanitarias de la Nación, como agente judicial titular y el recurrente, en oportunidad de prestar 1 conformidad, lo hizo reservándose el derecho de solicitar la computación de los anteriores a los que la originaron, prestados en earácter de apoderado sustituto de la misma repartición. En ese sentido peticiona a fs. 50, 60 y 657, Ahora bien, hay eonstaneías del desempeño de dicho cargo únicamente en lo referente a fecha de ingreso (6 de abril le 1915) habiendo sido nombrado titular el 3 de julio de 1925, Durante ese periodo no se registran liquidaciones a su favor (fs. 41).

Según surge de los informes corrientes a fs. 45/7, los agentes judiciales de Obras Sanitarias de la Nación estuvieron fuenltados para sustituir libremente sus poderes hasta el 10 de setiembre de 1918, fecha en que ese organismo reglamentó la designación de los apoderados sustitutos. En virtud de ese

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:504 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-504

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