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Fallos: 227:778 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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77 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA En consecuencia, soy de opinión que corresponde.

ría dirimir la presente contienda en favor de la competencia del Juzgado Nacional en lo Civil N° 5 de la Capital Federal, Buenos Aires, 20 de agosto de 1952, — Carlos ti. Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de diciembre de 1953.

Autos y vistos; considerando :

Que el Sr. Mauricio Rotman inicia juicio contra —_ la sociedad °° Weisburd y Cía. Ltda." por disolución y liquidación de la sociedad, ante la Cámara Regional Paritaria de Tucumán, Y la sociedad plantea cuestión de competencia por inhibitoria ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil N° 5 de esta Capital, el cual la avoge y se derlara competente. Como la Cámara nombrada sostiene su competencia y no hay superior jerárquico común que pueda decidir la contienda, le corresponde a esta Corte resolverla, Que el contrato en el que Weisburd + Cía, es sorio capitalista y Rotman industrial, tiene por objeto la explotación agrícola-ganadera del campo de la sociedad descripto en la cláusula sexta, donde se dice que el objeto principal de la constitución de la sociedad entre Rotman y Weisburd es la explotación de dicho predio.

La sociedad tendrá también por objeto la compraventa de muebles, inmuebles y semovientes, agregándose, por fin, en la eláusula undécima que "podrá efectuar la venta total o por lotes del campo explotado, esté total o parcialmente mejorado". La discrepancia que según Rotman le mueve primordialmente a demandar la disolución y liquidación se refiere a esta última posibilidad

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:778 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-227/pagina-778

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