É 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
1 Por tanto, habiendo dictaminado el Sr. Procurador 4 General, se confirma en todas sus partes la sentencia apelada. Con costas. ¡ Ronowro O. VaLeszvena — To MÁs D, Casares — Fenire Saxtiaco Pérez — Atuto N Pessauxo — Lues R. Loxont.
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
y. MAURICIO WENCELBLAT Y OTROS EXPROPIACION : Indemnización, Determinación del valor real.
Corresponde confirmar la sentencia que al establecer el valor de la tierra expropiada coincide con el criterio que sustentan los fallos de la Corte Suprema recaidos en ensos de expropiaciones de inmuebles situados en la misma enlle y a la misma altura, correspondiendo equitativamente lu | diferencia en menos del precio fijado en la causa, a la | valorización producida en el tiempo transcurrido entre las respectivas fechas de desposesión; concordando dicho pre- | elo, en cambio, con el que para la unidad métrica de la | enaudra siguiente fijó la Corte para un inmueble desposeído en la misma fecha.
EXPROPIACIÓN : Indemnización. teneralidades.
La parte expropiante debe pagar la totalidad de la tierra comprendida entre muros no obstante indicar los títulos u una extensión muy poro menor, RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera imstancia.
Generalidades, No puntualizando la apelante, én juicio de expropiación.
objeciones al precio en que es tasada la edificación, corresponde confirmar la sentencia apelada respecto de tal punto.
¡ É 4
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:620
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