DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 473
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Eva Perón, 28 de julio de 1953.
Y vistos: para resolver los recursos de apelación interpuestos contra hn sentencia de fs. 114:
El doctor Costa, dijo:
1) Que el presente proceso se originó en la intervención efectuada por las autoridades aduaneras destacadas en el Aeropuerto de Morón (Pyeia. de Buenos Aires), en la que según acta de fs, 2, se constató que Eleano Sidelnik en oportunidad de regresar del país, procedente de Miami (EE. UT.) y escalas, traía consigo, ocultas, cierta cantido de mercaderias y "mmatro paquetes en el resto de los bolsillos, conteniendo en junto (114) ciento eatoree monedas de oro", Luego de los trámites pertinentes, se dieta la resolución administrativa de que da euenta la copia antentienda de fs, 25, en la que se dispone comisar las mercaderías y °"sobreseer"" respecto de las 114 monedas de oro.
11) Ya en la instancia judicial se dicta sentencia fs. 48) entendiendo el Sr. Juez a que que ante los términos de aquella resolución había quedado excluído de su jurisdieción lo concerniente a las monedas de oro, conclusión ésta.
«ue es compartida por la Cámara, tal como se expresa en el auto, corriente a fs. 85. Llevado el asunto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ese Alto Tribunal revoca el citado fallo (fs. 85), sosteniendo "... que el sobreseimiento como forma de decisión o pronunciamiento que ponga término a un sumario aduanero no ha sido previsto ni autorizado por las ordenanzas. ..", por lo que "revoca la sentencia de fs. 85 para que, volviendo estas actuaciones al Tribunal de origen diete pronunciamiento ajustándose a lo expuesto en el presente fallo... ".
Al tomar nuevamente intervención la sautoridades aduaneras (fs. 111), resuelven "absolver a Eleano Sidelnik en lo relativo a la conducción de las monedas".
En ese estado de cosas, el Sr. Juez a que dicta la reso.
lución de fs. 114/122, la que ha sido traida en apelación mediante los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y la Defensa (fs. 122 vta. y fs. 125).
II) Que a juicio de esta Cámara la Corte Suprema de
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:473
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