176 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
NACION ARGENTINA v. MARIO DI PAOLO Y CIA.
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del ralor real, Siendo atendibles las observaciones formuladas con respeeto al dictamen del Tribunal de Tasaciones, referentes elo —— y inado elemen , que . ermi A entre los valores fijados por dicho Tribunal y los precios de adquisición en próxima a la desposesión. y hallándose ellos corroborados por lo resuelto por la Corte Suprema en cuanto al valor de un terreno próximo y de extensión equivalente, del que se tomó posesión con tres meses de diferencia, corresponde reducir la estimación del Tribunal de Tasaciones aceptada por el fallo apelado.
COSTAS: Naturaleza del juicio. Expropinción, Corresponde pagar por su orden las costas de tercera instancia ante la cual prosperaron parcialmente las pretensiones del Fisco, único apelante.
SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL La Plata, 10 de julio de 1952.
Vistos:
Los autos "Fisco Nacional e./ Di Paolo y Cía. Mario 5./ expropiación"', de los que Resulta :
19) Que a fs. 13/14 el Fisco Nacional demanda a Mario Di Paolo, Roque Di Paolo, Eliseo Di Paolo y Roberto Sanul —— A AA—— 1 o ", por ros.
ade la manzana 2 de Boulogne, Partido de San Tridro de cta Provincia, cuyos demás detalles de ubicación, dimensiones, linderos, ete. resultan del plano de fs. 67, de pertenencia de la misma, necesarios —y declarados sujetos a expropiación con tal fin— para la construeción del Arsenal Esteban de Luen.
conforme a la ley No 12.737 y el decreto del P. E. N. Ne 23.778/
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:176
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