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Fallos: 227:173 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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Por razones de altimetría y medios de comunicación de la zona el valor hallado debe incrementarse en un 15.

6.71 X 1,15 = 7,71; preeio que debe actualizarse u la fecha de la expropiación para su comparación con la fracción de autos (tabla de fs, 25 expediente administrativo) ; 7.71 X cof. 9/48 (396,3) _— conf 12/47 (289,14) —— $ 10,60.

Venta N' 2: Al precio unitario obtenido ($ 4,650) se lo | debe homogeneizar mediante los coeficientes de superficie Ci 0,78), actualización (ver tabla de fs. 25 expte. cit.) y situación (ineremento del 20) : E 2) coef. de superficie: 4,60 X 0,78 — 3,59; b) corf. de actualización : 50.2 EE =194; €) coef. de situación (ineremento 20 9); 4,94 X 1.20 = 5,93. | le aa; Al Rede tiara reltate de le niega ye 5] castiga en un gastos de y venta, y en un 15 por es, de aperii ars apertra de callo Luego qe | rresponde homogeneizar el valor por aplicación de los coeficientes de superficie, situación (20) y actualización : | 8) gastos de loteo y venta: 3,90 X 0,93 = 362; b) pérdida por eesión de superficie para apertura de calles: | 3,62 X 0,85 — 3,07; , íe to ati €) corrección por equiparación de superficie : el precio halla- n do de $ 3,07, corresponde a una fracción considerada en un block de 2.099,16 m°,, (anexo de fs. 25, expte. cit.) por lo que | se debe determinar el coeficiente por cociente entre el estable- ! cido para esa superficie y el correspondiente a la expropiada : | BOT OS oy. | 1,20 E | d) coef. de ubicación (20): 2,09 XxX 120 = 2,51; e ef. de metualización 2310 COSA 87.93. " | ai IA IAE et corepondiente a a la venta realizgda el 2/8/48, debe ser homogeneizado mediante —, | los corficientes de superficie, ubicación y actualización : Y ) E de superficie DECO 1278: . i y a

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:173 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-227/pagina-173

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