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Fallos: 226:624 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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s FALLOS DE LA COLTE SUPREMA mente, lindando al N, con el Río Misinar, ae do para de Estanislao Cabral ; al 5, con Sociedad "Productos del Miriñay"" Giudeoa, Del y Robert): al El con el Ríe Mirinar, que lo separa de D. Juan E. Cabral y sucesión de Gabriela C, Mouzo, Horacio y Emiliano A, Mouzo Cabral y "otros; y al O. con vías del F, €. N, E, A, que lo separa de Avelino Videla.

Su parte ofreció la suma de $ 133.688,38 m/u,, en virtud de informes técnicos, o sea a razón de $ 32,65, la Ha,, ineluso mejoras; y que a pesar de las gestiones privadas practicadas por el Consejo Agrario Nacional, no fué posible llegar a un acuerdo con sus propietarios, por lo que ha sido necesario reeurrir al desapropio por vía judicial. A mérito de haberse depositado en la suenrsal local del Baneo Nación Argentina la suma ofrecida, y dada la urgencia de la posesión por parte del Consejo Agrario Nacional, solicita se le haga entrega de la misma a la brevedad posible, sin perjuicio de dársele a los propietarios un término prudencial para la desocupación del inmueble, Termina pidiendo se establezca la valuación del campo de que se trata, de conformidad a lo preceptuado por los ines.

aj) y b) del art, 14 de la ley Ne 12.636 y arts, 6" y 16 del deereto N° 17.220, de fecha 6 de julio de 1944, si no se allanaren al precia ofrecido, 2) Por resolución del 24 de noviembre de 194, corriente AA Lat dies el tratado de la demttia. y euro ato e ntimarse a los propietarios la presentación del respectivo título de dominio y la expresión de que si el inmueble materia del juicio reconocía algún gravamen a favor de tereeros, Igrualmente se les hacía saber que debían constituir domicilio dentro del radio del juzgado.

3) Por resolución del 16 de diciembre del precitado año, con motivo de lo peticionado por la parte actora. el juzgado comete la diligencia de toma de posesión al secretario netuante, ls que debe verificarse con la intervención de los representantes legal y técnico del Consejo Agrario Nacional, facultándosele para ese efecto a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario, 4") De fs. 56 a 57 se agrega el neta de toma de posesión de la propiedad de la firma accionada, fechada el 10 de enero de 1945; recibiéndola los representantes del Consejo Agrario Nacional, en presencia y con la conformidad de sus propietarios, sin oposición de terceros y libre de intrusos y consignándese en un inventario por separado, el detalle de lus mejoras existentes, inventario que se glosa de fs, 58 a 60; en ese acto se deja también constancia de que el inmueble sometido a

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:624 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-624

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