Municipalidad de Matanza, comprendía 50 manzanas, subdivididas en 1950 lotes, cuya venta se inició en el año 1928, Pide que se apliquen las cestas al expropiante y que los intereses oa también debe pagar— sean desde el día de la des posesión, 3) Que el actor tomó posesión de ln fracción de tierra motivo de la expropiación, el día 23 de febrero de 1948 (acta de fa. 11); y recibido el juicio a prueba, se produjo la certificada por el actuario a fs. 360. Remitidos los autos al Tribunal de Tasaciones, éste produjo el ——— AA pediente del Ministerio de Hacienda de la Nación N° 222.337/ 48, agregado por cuerda floja. Se declaró transferido el dominio a fs. 486 vta, y se llamaron los autos para sentencia a fs.
482 vta. Agrezados los escritos presentados por las partes, en sustitución del informe in voce, y realizadas Jas diligencias para mejor proveer, decretadas a fs, 485 y 491, quedó el juicio en estado de sentencia, Y considerando: .
1. Que la expropiación de la fracción de tierra individualiada en el "resultando"" 19), está antorizada por los decretos del P, E, N, Nos, 33.221/47 y 2582/48, y art. 11 del N¡ 11.157/ 45, rat'ficado por la ley 12.921 (sección 6").
If. Que según la prueba de autos, las fraccion°s que se expropian están ubicadas en el pueblo Querandí, partido de Matanza, Provincia de Buencs Aires, y son designadas como parcelas 1194 b y 1194 d, cen una superficie total de 9 Tias.
03 as, 34 cas. 8967 em, a la fecha de toma de posesión (23 de febrero de 1948), .
HI. Que a los efectos de la fijación del valor de la tierra objeto del juicio, debe establecerse, previamente, si se trata de una fracción de tierra en "block" o dividida en lotes de características urtanas; perque en el justiprecio del inmueble tiene diferente influencia el que se le considere en una u ctra forma.
El demandado hace especial mención de la circunstancia, por él alegada, del loteo de dicha extensión de tierra con fines de convertirla en paraje para población; pone de manifiesto, en su escrito de contestación de demanda, que la tierra objeto del juicio forma parte del pueblo Querandí; orienta las diligencias de prueba que produjo, en ese sentido; y puntualiza sus conclusiones en su escrito de fs, 442, presentado como informe in roce, El actor, en cambio, al referirse a las tierras que se expropian, las denomina fracciones F y H —según título—, dando su extensión por hectáreas,
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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:762
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