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Fallos: 224:416 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Córdoba, 25 de julio de 1952, Y Vistos:

Estos autos "Gobierno Nacional e./ Elena G. Faure de Carro 5./ expropiación" expediente N° 19,884-G-1951, venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor, contra la sentencia de fs. 130 y sigtes., dictada A el Sr, Juez Nacional titular del Juzgado N" 1 de esta ciudad, Y Considerando:

Que el valor asignado a la tierra por el Tribunal de Tasaciones, concuerda con la realidad representada por operaciones de transferencias de inmuebles en la zona en que se hallan los se expropian y en cuanto se adecúa a anteriores decisiones Judiciales recaídas en juicios similares al presente, correspondiendo en consecuencia confirmar en esta parte la sentencia del inferior, Que en cuanto a las costas, éstas deben ser abonadas a. —TTTTe a de 1 ly N' 13.264, y a lo ya resuelto por esta Cámara ajustándose a la jurisprudencia del superior en "Gobierno Nacional e./ Tomás Cara expropiación", en senteneia de feeha 2 de noviembre e .

Por estas consideraciones, Se resuelve:

Confirmar en todas sus partes la sentencia recurrida. Las costas de esta instancia tam a cargo del actor, — Luis M.

Allende. — José Zeballos Cristobó, Dicrames per Procunanor GENEBAL Suprema Corte:

El recurso ordinario de apelación concedido a fs.

146 vta. es procedente, de acuerdo con el art. 24, ine. 7", apartado a) de la ley 13.998.

2.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:416 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-416

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