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Fallos: 224:420 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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Que en la audiencia preseripta por el art. 69 de la ley 189 cuya acta corre agregada a fs. 119/123, el actor ratifica los términos de la demanda, manifestando el apoderado de la demandada, que nada tiene que observar al curso de la acción expropiatoria, pero que disentía fundamentalmente con el precio consignado por el Gobierno Nacional como total indemnización, desde que el mismo no traduce el exacto valor del inmueble, solicitando en consecuencia, se aplique el justo precio, con más sus intereses y costas, Considerando :

Que a fs. 150 se expide el Tribal de Tasaciones con el voto de todos sus miembros, fijando como precio y total indemnización por los lotes de terreno que se expropian, en la suma de mán. 332.104,65, Que la diserepaneia expresada con la estimación praecticada, no trae nuevos elementos de juicio al debate, acerea del punto cuestionado, eireunstancia que, sumada a los antecedentes en que se apoya el informe del organismo técnico respectivo, hace que me ineline a compartir y aceptar las conciusiones avaluativas de úste, como justo y equitativo valor del bien Que en cuanto a las costas según lo establecido el art.

Tios Uta suma eolicitada por la demandada corresponde abonarlas al actor; por tanto, Resuelvo:

Declarar transferido al Estado Nacional Argentino el dominio de los lotes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, manzana 36; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 15, manzana 37; 5, 6, 7, 8, 16, 18, 20, 21, 22, 24, manzana 38; 1, 2, 3, 6, 16, 19, 20, 22, 23, 24, manzana 39; 1, 4, 5, 6, 15, 16, 17, 19, 21, 23, manzana 41; 5, 11, 19, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, manzana 42; 1, 2, 3, 4, 13, 14, manzana 43; ubicados en "Barrio Flores" (Sección Ameghino 40) y los lotes: 1, 2, 3, 4, 6, manzana 3:1 , 3, 4, 5, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 24, manzana 6; 3, 5, 7, 6, 12, 16, 17, 18, 23, 25, 26, manzana 9; 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, manzana 10; 1, 4, 8, 12, 15, 17, 18, 20, 24, 26, manzana 12; 3, 5, 6, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 23, 25, manzana 14; 4, 5, 7, 14, 19, 21, 22, 23, 24, 26, manzana 16; 1, 3, 5, 8, 12, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, manzana 18; 1, 9, 9, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:420 
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