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Fallos: 221:92 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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" FALLOS DE La CORTE SUPREMA EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.

Corresponde mantener la sentencia recurrida, que en cuanto a la estimación del valor de lo expropiado adopta el justiprecio efectuado por el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264, por tratarse de una fracción contigua a la que fué objeto de otro juicio de expropiación fallado por la Corte Suprema pocos meses atrás y de las mismas dimensiones aunque con alguna ventaja respecto a la ubiención, lo eual justifica que se asigne a la unidad métrica un valor de $ 0.14 más.

COSTAS: Naturaleza del juicio. Expropiación.

Las costas del juicio de expropiación deben ser pagadas en el orden causado —conforme a lo dispuesto en el art.

28 de la ley 13.264— cuando el monto que en definitiva fija la sentencia es inferior al ofrecido por el expropiante más el 50 de la diferencia entre éste y el reclamado por el propietario del bien.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, noviembre 30 de 1950, Año del Libertador General San Martín, .

Y Vistos:

+ Este expediente N° 13.946/946, seguido por el Fiseo Nacional contra Da, Leocadia Seré de Capdepont por expropiación, de cuyo examen y cireunstancias Resulta:

1) Quea fs, 2/2 vta., el Sr. Procurador Fiscal, en representación del Estado, autorizado por el deereto 360/945, promueve demanda contra Da, Leocadia Serú de Capdepont por expropiación del inmueble sito en esta Provincia, partido de Morón, de una superficie de 3 Hús,, 59 ás, 71 m°., con destino a la ampliación del aeropuerto "Presidente Rivadavia""; consigna como precio por la venta forzosa la cantidad de $ 28.776,80 moneda nacional.

IN) Que a fs. 45/46 vía, el Dr. Antonio F. Trovato, en representación de la demandada —personería que justifica con

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-92

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