ESTEBAN SKARE v. FRIGORIFICO ARMOUR DE
LA PLATA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales, ie el cea are linuie era Ta enutentia que inte! decreto-ley sobre jubilaciones, en e al sustentado por el recurrente,
JUBILACION DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE
NACIONAL,
Con arreglo al art. 78 del decreto 6395/46 —sobre régimen de isión para el personal de la marina mercante, aeronáutica eivil y afines— el principal quedará eximido de la indemnización por antigiedad a que alude el art. 157, ine, 3", del Cód. de Comercio, en los casos de cesantía o despido de empleados "en condiciones de obtener jubilación ordinaria íntegra", a cuyo efecto no basta la » — ereencia del empleado de hallarse en condiciones de reelamar y obtener el beneficio jubilatorio —basado en que Acanto El viempo requerido de taress y mín de 65 años de edad— sino que tenerse en cuenta la antigiiedad computada por el Instituto Nacional de Previsión Social y no simplemente la declarada ante el mismo.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución, Revocación de la sentencia apelada.
Revocada la Corte Suprema la sentencia aj recurso ntraondinerio, en razón de tener e al art. 78 del decreto 6395/48, corresponde dioponer que al art. reto los autos vuelvan al tribunal de origen, para que diste nueva sentencia. : :
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:
Al interpretar V. E. en 217:635 el art. 58 del decreto-ley N" 31.665/44 totalmente equiparable al 78 del
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:482
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