DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 407 ue auspiciaron la constitución de una llamada "Junta de Mecuperación"" que tenía la misión de bregar por el retorno de les antigues autoridades 2 vu: funciques: la liberoción de los obreros ferroviarios que estuvieron por hechos ilícitos sobrevenidos en aquella ocasión, y la reposición de los que periguales exa corren defodos amerite e crontrado: de empleos Superior ación, empleando aleteo todos los medios que "e estimaran: necenarios a tal di cera de patalimción qe 2as atiridados rento en 2") Que con tal motivo y a fines del mes de junio, viajó d esta ciudad para entrevistarse con el prevenido Corto el :
ex-presidente de la Comisión Directiva de "La Fraternidad" —así se denomina la asociación — que habíase destituido, a fin de convenir lo necesario para concretar la medida señalada en último término, para el caso de que no dieran resultado las gestiones que se hacían ante su excelencia el Sr. Presidente de la Nación, encomendándole preparara el ambiente hablando a les compañeros miembros de +La Fraternidad" en el orden 3") Que en los últimos días del mes de julio ppdo., se hizo a Je del premaido cer enano del exidente Jesús Fernández, de apellido Cueto, quien le impuso a misión que traía de hacerle saber que a la cero hora y un minuto del día 1° de agosto aubsiguiente se efectuaría el paro convenido e inquirirle, a la vez, sobre el resultado de sus gestienes PATA dera" la ASS DE CU 4") novedades determinaron un pretextado agasajo a compañeros ascendidos o trasladados llevado a cabo en la confitería "La Mundial" sita en la intersección de las calles Jerónimo Luis de Cabrera y Esquiú de esta Ciudad, el 31 de julio en horas de la tarde, y la posterior reunión del día 2 de agosto en el departamento del piso 3" de la finca de Av.
Colón AN? 150, en ln que ve adoptó la decisión de plegene al paro decretado por un grupo obreros ferroviarios de la Capital de la República, decisión que se les hizo conocer engiando a cue efecto a em entraño al aremio fereviatt, el obrero 5) Que como se advierte, los hechos aquí sobrevenidos tienen un origen común y una estrecha vinculación con los acaecidos en la Capital Federal, por lo cual le corresponde conocer en aquéllos al Juez Nacional de 1° Instancia en lo Penal Especial que entiende ya en éstos, conforme a las voluntades de ley contenidas en los arts. 34, 42 y demás correlativos del Cód. de Procedimientos en lo Criminal de la Nación,
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:407
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