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Fallos: 220:985 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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Considerando:

Que la determinación del valor de los 101.563,81 metros cuadrados ubicados en el Partido de Matanza, Provincia de Buenos Aires, destinados a la construcción de la autopista que conduce al aeropuerto Ministro Pistarini y a que se refieren estas actuaciones, ha sido objeto de un amplio examen en las peritaciones realizaY, das y considerado luego minuciosamente en los alegatos de las partes y en los pronunciamientos judiciales dictados en su consecuencia, que han provocado finalmente, los memoriales de los interesados sobre el mismo punto.

Que el atento examen y valoración de los fundamentos invocados en las distintas piezas a que se alude precedentemente, conduce en forma inequívoca a robustecer las conclusiones a que arribara el Tribunal de Tasaciones, cuya función específica, de acuerdo con el artículo 14 de la ley 13.264, es la de fijar precis:mente el valor de los bienes sujetos a exproplación.

Ante las distantes apreciaciones de los peritos de las partes que asignaron a la tierra en cuestión un valor de $ 0,89 y $ 5,12 el metro cuadrado, respectivamente, y aun la del tercero que determinó el de $ 5,00 por igual unidad de superficie, se presenta el informe del Tribunal de Tasaciones señalando que el precio, resultante del promedio de todos los factores que estudiara, es el de $ 2,67, al cual por razón de la mayor área de la fracción expropiada le aplica el coeficiente de reducción de 0,80,4 y llega así a $ 2,15 el metro cuadrado, admitido por todos los integrantes del referido Tribunal, con la única excepción del representante del propictario.

Que las circunstancias en que este último apoya su oposición, expuestas ante el Tribunal aludido y reproducidas en autos por la parte demandada, han sido rebatidas con acierto en el memorial de fs. 428, presen

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:985 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-985

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