CAUSA LXI
Don José Manuel Moreno contra Doña Teresa de Pastore, sobre cobro «le pesos. TE Sumario. — Puede ordenarse el desembargo despues de hecho el pago en la misma moneda en que se hizo y consintió la liquidacion.
Caso. — Don José Manuel Moreno era acreedor de la Señora Pastore, por préstamo y por arriendos.
Obtuvo un embargo provisorio contra ella, y mientras preparaba la accion ejecutiva por los préstamos, el marido de aquella se presentó pidiendo se liquidara la deuda, al paso que, la cuestion de arriendos se remitió á juicio de árbitros.
La liquidacion de la deuda importó 1.088 $ 08 centavos bolivianos, que fué consentida. por Moreno.
El marido de la Pastore pidió se ordenara el desembargo, una vez pagado el importe de la liquidacion.
Moreno se opuso, fundándose en que el embargo garantía tambien el crédito de arriendos, y en que la Pastore pretendia pagar en billetes.
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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:223
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