hue PALLOS DE LA CORTE SUPREMA :
EE ATI
en la suma MENE indemnización A deberá abonar el — alo con intereses desde el 28 de mayo de 1946, e A a due y 7 se eon — e E dl Tomás M. Rojas ml ".
FALLO DE LA ,CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de mayo de 1951.
Vistos los autos: "Fisco Nacional c.| Vattuone, Lorenzo Marcelo, Antonio Félix y Manuela Victoria s.| expropiación", en los que se ha concedido a fs, 77 vta.
el recurso ordinario de apelación.
Por sus fundamentos se confirma, con costas, la sentencia apelada de fs. 74 que respecto al valor de la tierra expropiada se atiene al dictamen que por unanimidad ha producido el Tribunal de Tasaciones.
Lums E. Lowom: — Tomís D. :
Casares — FeLipE SANTIAGO Pénez — ArtILIO Pessacro.
NACION ARGENTINA v. JOSE MARIA PASSADORE
N Y OTRO
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.
Si el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264 ha fijado, por unanimidad de sus miembros, el valor del inmueble exprentado, 2 cabe, en principio, fijar judicialmente un precio distinto del de la tasación realizada por dicho organismo.
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:436
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-436
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