en lo eivil "se haga lugar" al remedio primeramente mencionado, por no ver dste el de interposición del Tecurso extraordinario ni, aun en el caso de que lo fuera, hallarse fundado en la forma reiteradamente exigida por la jurisprudencia de la Corte Suprema, (') RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fundamento.
Es improcedente el recurso extraordinario, si en el escrito en que se interpuso se ha omitido la pertinente referencia a los hechos de la causa y a la rel que los mismos y las cuestiones en ella debatidas guardan con la cuestión federal que se pretende someter a la decisión de la Corte Suprema. (2) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.
Es te el recurso extraordinario si la resolución la entre otras po haber consentido el recurrente el auto por el enal se 6 su citación como e sí sola : pt u Ada Cota 4 para ar cuestión. (9)
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
v. ROBERTO M. A. FONTANA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación divecta. Normas extrañas al juicio, Disposiciones constitucionales.
Es improcedente el recurso extraordinario si la sentencia apelada establece que la expropiación se halla permitida, con el alcance que le atribuye la actora, por la ley 1583 que Perle creia y tambiea Der da 1er 1350S, eonch que priva de base a la afirmación de la recurrente referente a la inexistencia de ley que autorice la expropiación y, por consiguiente, a la pretendida viola1) 14 de mayo. Fallos: 216, 698; 217, 205 y 209, 2) Fallos: 217, 722 y 1077.
2) Fallos: 217, 465.
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:386
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