ResoLUCIÓN DE La Dirección GENERAL pu ADUANAS Buenos Aires, noviembre 16 de 1946.
Vistos los autos caratulados "Nicolás Grillo Vista e,/ Roberto González Ferro" y Considerando:
Que por despacho directo n' 44.652 de 1945 se documentó E E A d 1 partida 52 kilo Mquidas, e $ 12.80 más 12 al 25 valor": y se denuncia "almizcle artificial, de la partida 4527 kilo $ 96 más 12 al 25 ne la Dirección General de Aduanas, el die cms le Ditto Genera Tribal de Vale yo disidencia, en euanto 2 la clasificación, con la Junta del Ramo, determina el despacho de la mercadería cuestionada por la partida 4527 kilo $ 96 más 12 con el derecho de 25 ; toda ves que en el caso de autos se está en presencia de una mezcla especialmente preparada, con un fin determinado, pero que no responde a ninguna necesidad real, ya que nada se opone a que se importe separadamente el almiscle de la esencia.
Car eoenminmente son tal imtamiento enedao te concretada la infracción que por difermcia de validad se Por ello, atento lo informado a 1. 24 y de conformidad a lo preseripto por los arts. 69 y 70 de la Ley de Aduana se resuelve comisar el contenido total de los cajones nos, 5048, 07 E deta lereo dirteto at 11 05 a beneficio corresponde, e po YAA CA A Y] kilo $ 96 más el 12 con el derecho de 25 y el resto conforme se documentó, Hágase saber, — Pedro Jorge Vidou.
SENTENCIA DEL Juez FEDERAL
Buenos Aires, noviembre 27 de 1947.
Vistos y considerando:
la recurrente manifestó "'enencias no vu prin ai" bind poto el Tbanld
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Año: 1950, CSJN Fallos: 218:799
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