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Fallos: 217:708 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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708 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA | | nal), a sufrir doce años de prisión, accesorias legales y costas. — Buenos Aires, junio 1° de 1950. Año del Li bertador General San Martín, — Carlos G. Deif'no.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de agosto, Año del Libertador Gene- .

ral San Martín, 1950.

Vistos los autos "Parra Gerardo (a) "Parrita" 8/ homicidio y Alfonso Evaristo Cortés s/ encubrimienLs to", en los que se ha concedido a fs. 179 el recurso —, ordinario de apelación.

Considerando:

Queel día 13 de febrero de 1946, a la hora 18 aproximadamente, José Tomás Fariña Yañez en unión de Gerardo Parra y Alfonso Cortés transitaban a inmediaciones de la Laguna Las Mellizas, Departamento Ñorquin, Territorio Nacional de Neuquén, cuando se suscitó entre el primero y el último un cambio de palabras, al que, —conforme a la versión de Cortés—, puso término Parra propinando a Fariña Yañez un golpe de puño en la cara y luego dos golpes en la cabeza con una botella, al propio tiempo que Parra quitando a Cortés el cuchillo que llevaba, cuando éste procuraba intervenir para evitar que continuara golpeando a Fariña Yañez, lleva a este último hacia la laguna infiriéndole las heridas que se describen a fs. 12 vta., una de las cuales provoca la muerte casi instantánea de la víctima.

Que, Cortés fué sólo imputado como autor del delito de encubrimiento por haber ocultado el cuchillo, que luego de herir a Fariña Yañez le devolviera man

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:708 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-217/pagina-708

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