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Fallos: 216:506 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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JESUS ELISEO FERNANDEZ
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar.

Corresponde a la justicia militar el conocimiento de la causa inst _ída contra un gendarme, por el homicidio que ha cometido en acto del servicio.

DICTAMEN DEL PROCURADOR GIENERAL :
Suprema Corte:

De acuerdo con la jurisprudencia sentada por V. E.

con fecha 29 de diciembre ppdo., in re "Brieva Felipe S. s.| lesiones"" (Exp. C 176, L. XT.), y dejando a salvo mi opinión personal vertida en la cnusa "Ledesma Aquiles — suicidio"? (210, 1262), opino que la presente contienda negutiva debe ser dirimida en favor de la competencia del señor Juez de Instrucción Militar. Buenos Aires, marzo 28 de 1950, Año del Libertador General San Martín, — Carlos G, Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de abril, Año del Libertador General San Martín, 1950.

Autos y vistos: Considerando:

Que en estos autos se procesa al Gendarme Jesús Eliseo Fernández por infracción al art. 79 del Código Penal (auto de fs, 87 vta. del expediente n° 165, año 1949, tramitado ante el Juzgado Federal de Santa Fe), hecho cometido en acto del servicio según resulta de las declaraciones del encausado y del informe del señor

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:506 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-506

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