sible con reparos muy fundados que enumera a fs. 33 vta.
por lo que se descarta por ilógica e inoficiora puesto que su fin no resulta satisfactorio para ninguno de los objetos lícitos que se buscan, siendo lo práctico y corriente que, una vez terminada la labor, se desconecte el aspirante y el impelente de la bomba, se escurra el sontenido en tinas que E e atento disponen todas las bodegas y luego se proceda recién al o de máquinas y caños. Si se admitiese la posibilidad de la formación de una cámara de aire, ¿por qué no esperar que el aire inyectado desalojase todo el vino existente en la manguera para recién conectarla con el agua? ¿No lo enseña así la más elemental lógica? ¿Por qué, en todo caso, no dirigir el grifo a otro depósito vacío y móvil, una tina por ejemplo, para evitar una probable mezcla, y vaciar luego el vino así separado a la pileta? Por último, prolijamente analizadas las palabras de Rodríguez, debe concluirse que éste no afirma, concretamente, que la práctica enológica sea la que señala Salassa sino que en términos ambiguos y generales indies que una vez terminado el vino "se efectúa la separación pertinente" pero no se aventura a afirmar que esa última parte del vino ha de ser derramada directamente a la pileta común.
Que se ha aceptado ya, que en el momento que Salasza retiraba la manguera —es necesario repetirlo—, ésta vertía agua, lo que significa aceptar que algo del líquido cayó en :
la pileta y úescartado el móvil invoeado, debe reconocerse el propósito de aumentar la existencia de vino disminuyendo su calidad mediante el agregado de agua. A esta flagrancia que es irrefutable y decisiva, han de añadirse numerosos elementos de juicio que constituyen, de por sí, pruebas indiciarias serias directas y corroborantes: la hora intempestiva en que se realizaba la maniobra, cuando ya todos descansan y es insospechable una inspección fiscal; la falta de anotación en los libros oficiales del litraje obtenido en las últimas elaboraciones, cuando por la ley la anotación debe ser diaria y la elaboración había ya terminado según Selassa y no ed materia prima, omisión ésta que permitía alterar arbitrariamente las cantidades reales obtenidas; la falta de relación entre la uva empleada y el vino resultante en la última elaboración, según cáleulos realizados en base a datos dados por el enólogo de la sumariada, e no han sido refutados y de Jos que se infiere que hay vino del que pudo ser fabricado con la uva comprada (fs. 45 a 49 del expte, administrativo); además, pueden agregarse elementos indirectos como
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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:488
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