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Fallos: 216:483 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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tráronse con que una persona que resultó ser Atilio Salassa, enólogo del establecimiento, en ese momento retiraba de la pileta certificada bajo los Nos. 25 al 28, de capacidad de 70.000 litros, según plano oficial, z que contenía vino elarete, una manguera impelente cuyo grifo vertía agua, como lo comprobaron los actuantes, por lo que procedieron a interrogarle sobre el motivo por el que aguaba el vino, manifestando "que " en realidad su propósito no era el de agregarle agua a dicha pileta, que solamente se encontraba lavando la manguera impelente con agua para mejor conservación de la mencionada manguera". Preguntado para que diga cuántos litros de agua le puede haber agregado a la pileta en cuestión y que contiene vino clarete, contestó lo siguiente: "Que solamente él eree puedan haberle caído un cuarto litro de agua" (fs. 19 y 20 del expediente administrativo). Acto seguido se procedió a establecer el litraje del contenido de la pileta, comprobando la existencia de 65.000 litros de vino clarete; se obtuvieron muestras, se intervinieron las existencias, en fin, se adoptaron los recaudos usuales en tales casos, labrándose acta de todo ello QUE ERE Firmada ei Cleervación yor lor impostores y: el tor lassa, Al día siguiente se continuó el procedimiento, comprobándose que los libros no se encontraban actualizados; emplazado el Sr. Salassa para que los presentase en forma, comprobóse que en los mismos se había omitido consignar el litraje e la A menda del sar os Mbros y vos a la persona enca evar ros, porque acostumbraba a hacerlo una vez terminada la elaboración fs. 27 y 28 del expediente administrativo).

Siguiendo la inspección y fuera del recinto de la bodega, se comprobó la existencia de una pileta subterránea no denunciada como tal ni existente en el plano oficial, que contenía 44.800 litros de vino elarete en fermentación, explicando el mencionado Sr. Salassa y el Sr. Medhi, Secretario de la Cooperativa, que se trataba de un aljibe que fué habilitado como pileta de fermentación circunstancialmente y por carecer de mayores capacidades; que sólo pensaban utilizarlo a esos fines unos días, por lo que no solicitaron la habilitación oficial.

Igualmente se comprobó que se estaba utilizando otra pileta de reciente construcción, la que no se encontraba habilitada ni cubieada oficialmente, cuya terminación mo había aún sido denunciada, explicando los representantes de la bodega que no se había esperado la habilitación oficial, por los

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:483 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-483

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