de Contralor, aconsejando la aprobación sin cargo, del resultado del inventario practicado en fecha 26 de abril de 1945 y a fs. 240 vta. la desintervención de los 44.800 litros de vino mencionados en el primer considerando au con intervención fiscal, fueran trasegados a las piletas Nos. 56, 36, 65 y 69.
Por tanto y habiendo sido oída la encausada, se resuelve:
1°) Aplicar a Cooperativa Valle Fértil Ltda. una multa de $ 33.000., descompuesta en los siguientes conceptos:
$ 32.500 7. a razón de $ 0,50. por litro sobre 65.000 litros, y el saldo por las infracciones a disposiciones reglamentarias cometidas.
2") Disponer el comiso de la citada mercadería y proveer oportunamente su oferta en licitación, para su venta con exclusivo destino a destilación 37) Exigir el pago de $ 2,40 7., importe de los valores sobrantes no retirados.
4") Los referidos importes deberán depositarse dentro de los cinco días de notificada la presente en el Banco de la Neción Argentina, remitiendo a esta Administración los comprobantes de pago, bajo apercibimiento de disponer su cobro por la vía Judicial.
5) Aprobar sin cargo el inventario practicado fecha 26 de abril de 1945 en la bodega de la encausada,
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
General Roca, junio 10 de 1948.
Y vistos:. El recurso contencioso interpuesto por el Dr. Carlos Boltshauser y el Sr. Héctor Julio Medhi en su carácter de vicepresidente en ejercicio y secretario respectivamente de la Cooperativa "Valle Fértil Ltda.", contra la resolución de la Administración General de Impuestos InterAe de EA TS de nerieubrs de 1946 dial en a De diente administrativo n" 2447, sección 4", año 1946, de que resulta:
Que el 25 de abril de 1945, a las 21,30 horas, una inspeeción de Impuestos Internos se constituyó en la chacra n" 236 de ¿nía Estonia, proniedad de la Cooperativa Valle Ferti Ltda., asiento de la bodega inscripta en Impuestos Internos con certificado n° 1137-A y, al penetrar en la misma, encon
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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:482
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