Tribunal los términos del precedente escrito que se subrayan con lápiz rojo, tésteselos por Secretaría, y llámase la atención a los firmantes del mismo.
FeLirE S, Pérez — Luis R. LonGHL — Justo L. ALvarez Romícvez — RonoLro G.
VaLENZUEIA — Tomás D.
Casares,
PROVINCIA DE SAN LUIS v. Cía. DE ELECTRICIDAD
DE LOS ANDESS. A.
EXPROPIACIÓN: Procedimiento. Procedimiento judicial.
Toda vez que el art. 14 de la ley n° 13.264 integra el Tribunal de Tasaciones, creado por decreto 33.405/44 —ley 12.922— con un representante del Ministerio de Obras Públicas de la Nación y otro del expropiado, y atribuye al perito del mencionado Ministerio la representación de" expropiador, no corresponde hacer lugar a la designación pedida por el apoderado provincial que, aparte de no estar fundada en la letra de la ley, alteraría la constitución del referido Tribal, con otro representante del expropiador, rompiendo el equilibrio que con la composición de aquél se ha querido establecer (1).
EXPROPIACION: Procedimiento. Procedimiento judicial, MHailándose expropiante y expropiado representados ante el Tribunal de Tasaciones establecido por el art. 14 de la ley n° 13.264 y debiendo referirse el dictamen que se requerirá del mismo "al valor de afectación que representaba para el titular anterior" el conjunto de los bienes expropiados, no enbe hacer lugar a la formulación de cuestionaa 23 de mayo de 1949, Fallos: 213, 74.
Compartir
60Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1949, CSJN Fallos: 213:514
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-514
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 213 en el número: 514 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos