25 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA diciembre de 1948 y otros—. Ahora bien el escrito de fs. 160, en que el recurso se dedujo, nada dice al respecto. :
Que es por último del caso agregar que la importancia institucional, que a juicio del interesado, tenga la cuestión en que funda cl derecho que entiende asistirle, no justifica la intervención de esta Corte fuera de los supuestos a que su jurisdicción se extiende —Fallos 210, 543—.
En su mérito y por los fundamentos del dictamen del Sr. Procurador General suplente, se declara mal concedido el recurso extraordinario a fs. 162.
Tomás D. Casares — FELIPE S.
Pérez — Luis R. LoncHt — Justo L. ALvarez RoDrícuez NELIDA URSULA TAGLIAMONTE DE LLAMES v.
ERNESTO LIX KLETT Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia defimitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.
La resolución por la cual se exige la caución prevista en el art. 58, primera parte de la ley de patentes de invención n" 111, no constituye sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario (').
1) 7 de marzo de 1949. Fellos: 183, 300; 197, c6,
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:254
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