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Fallos: 213:12 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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tido escapará a quien pretenda entenderlos con sólo mirar a las estrellu:; pero también 1 es que sin mirarlas tcdo coneluye en una experiencia de tinieblas.

Comencemos, sin embargo, por la experiencia inmediata de la vida judicial. Y bien, donde hay jueces la expresión, "°voluntad de justicia" tiene para todos sentido positivo y conereto y valor de universalidad. Quiern decir que tiene para el hombre que ha de ser juzgado tanto como para el que ha de juzgar, si se trata de una justicia que esté sobre las partes con intrínseca autoridad y no porque la haya puesto allí sólo una fuerza o un pacto. Hay dos experiencias extremas de cómo actúa esta conciencia según la autoridad del juez ante el cual se halle: una es la del derecho internacional contemporáneo sin otra ley y otra justicia que la que impone en cada caso la victoria, por lo cual la complejidad de las convenciones y los sistemas de equilibrio que apenas disimulan el juego de fuerzas a que obedecen, son incapaces de obtener para las decisiones de sus órganos jurisdiccionales un acatamiento de conciencia. Otra es la secreta experiencia del remordimiento, misteriosa confesión que el hombre se hace a sí mismo de la existencia de una ley soberana e inmutablemente sobrepuesta a todo arbitrio y de un Juez cuya justicia es infalible e invioJable, Entr: uno y otro extremo la experiencia inmemorial de que la convivencia en sociedad requiere jueces, pues no es según este último reconocimiento interior ane el hombre vive eomúnmente, sino según la ley de la ambición. que erige a sus victorias —no importa cómo fueran cbtenidas—, en sentencias. "No hago el bien que amo —clamaba San Pablo—, sino antes el mal que aborrezco eso lo hago" (Rom. VII, 15).

"°Mas por lo mismo que hago lo que no amo —agrega el Apóstol—. reconozco la ley como buena". Ante el Supremo Juez, en la intimidad de la propia conciencia se le hace manifiesta al hombre Ia existencia de ura ley inmutable con enyo eumplimiento su libertad sería perfecta, vislumbra la justicia arquetípica del orden natural en la que está la razón de las leyes, y sabe a ciencia cierta qué quiere decir "ser justo", tener "vcluntad de justicia", No deja de saberlo cuando disputa con los semejantes sobre su deber y su derecho, pero ante jueces y leyes que no son inviolables la ambición se sobrepone en él a la conciencia en la medida en que aparece la posibilidad de someterse a aquel con quien disputa. Que es lo que ocurre en lo internacional cuando una ambición es suficientemente fuerte. Pero la posibilidad no existe cuando sobre quienes disputan está instituéda una justicia. Que es lo que ocurre en el orden interno de las naciones donde la justicia

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-12

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