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Fallos: 211:54 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Que de los planos agregados y de lo expresado por el perito sobre el particular —fs. 158 in fine y 159 vta.— no resulta que la nueva estructura del puente con la rampa que se desarrolla sobre la calle Remedios de Escalada, próxima a la cual están los edificios de la actora, haya producido real y efectivamente una redueción del valor locativo de ellos. Si a esto se agrega que el nuevo puente modificó muy favorablemente, sin duda alguna, las características generales del barrio, no hay fundamento suficiente para acordar indemnización por este concepto.

Por tanto se reforma la sentencia de fs. 222 reduciéndose a m$n. 4.724, la condenación que la misma contiene, Las costas de esta instancia se pagarán en cl orden cansado.

Tomás D. Casares — FELIPE S.

Pérez — Luis R. LonGHt — Justo L. ALvarez RoDríGUEZ — RonoLro G. VALENZUELA,
LAUREANO RUFINO v. NACION ARGENNINA

RECURSO DE NULIDAD.
Procede rechazar el recurso de nulidad fundado en que la sentencia recurrida resuelve un punto no comprendido en la litis, toda vez que la causal de destitución en que dicho prominciamiento se funda para denegar el retiro militar solicitado por el actor, si bien no fué invocada en la contestación a la demanda, surge de los antecedentes administrativos requeridos por el mismo en su escrito de demanda (').

— 4 de junio de 1948.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:54 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-54

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