como es el caso del locador que arrienda parte de su casa a ese fin.
IMPUESTOS INTERNOS: Régimen represivo. Defraudación y simples infracciones, Para la aplicación de las penalidades del art. 36 de la ley No 3764 —27 del T. O.— basta la existencia de un acto tendiente a defraudar el impuesto.
IMPUESTOS INTERNOS: Vinos.
Procede aplicar la multa prevista en el art. 36 de la ley 3764 —27 del T. O.— al dueño de una bodega cerca de la cual, en un terreno lindero de propiedad de la esposa.
a quien aquél administraba sus bienes, fueron halladas varias piletas y pipones con vino eriollo; circunstancias conocidas por dicho bodeguero, que pretende hallarse exento de toda responsabilidad por no ser el dueño del inmueble, como tampoco del vino ni de las piletas y pipones cuya propiedad atribuye a un hijo suyo que así lo reconoce,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Mendoza, junio 27 de 1946.
Y vistos: Estos antos caratulados "Miguel Rosa Palma contra Impuestos Internos por reenrso contencioso administrativo", llamados a fs. 66 vía. para dictar sentencia y con el sumario agregado por cuerda separada de los que resulta:
1° Que con fecha 19 de septiembre de 1940 empleados de la Administración efectuaron una inspección en una propiedad nbicada en el distrito de Santa María de Oro del departamento de Rivadavia de esta provincia a la que consideraron perteneciente a D. Miguel Rosa Palma. Atendidos por éste, constataron durante el transcurso de la inspección, en un alpón de la finea, la existencia de tres piletas de cemento _conteniendo 8.000 litros de vino eriollo y en un galponcito de la finca la existencia contigua la de tres pipones conteniendo 2.100 litros del mismo produeto. En tal oportunidad manifestó D. Miguel Rosa Palma que tanto el galpón como el ralponcito pisaban sobre una finea de propiedad de Da. Audelina Morales de Palma, que dichas eonstrueciones no formaban parte de su bodera situada en la propiedad contigua y además
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:365
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