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Fallos: 211:1796 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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PROVINCIA DE BUENOS AIRES v. JUANA CHARRI-

TTON Y SALABERRY DE LARTIGUE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Compelencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Causas civiles. Distinta vecindad.

La Corte Suprema es incompetente para conocer originariamente en el juicio promovido por una provincia contra un ciudadano argentino domiciliado en el extranjero (').


REGINALD A. LEEPER v. CORPORACION DE TRANS-

PORTES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Embajadores y Ministros extranjeros.

La Corte Suprema carece de jurisdicción para conocer originariamente en la causa promovida por un embajador extranjero sobre indemnización de los daños y perjuicios sufridos por un automóvil de propiedad de la Embajada, la cual pagó el importe de la respectiva reparación, pues no se trata de un juicio que afecte directamente a dicho embajador ya sea por debatirse en él derechos que le asisten o porque aparezca comprometida su responsabilidad.


DICTAMEN DEL ProCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El impuesto y la multa del recibo de fs. 6, debe ser repuesto por el dador de la factura, Don Héctor Fava, quien debió satisfacer el gravamen al extender el recibo puesto al pie de la misma.

1) 27 de septiembre de 1948. Fallos: 95, 239; 201, 348.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1796 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-1796

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