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Fallos: 211:1684 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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ha producido prueba que justifique el exceso de óxido de calcio en el vino en infracción.

En su mérito se desestima la nulidad y se confirma la sentencia apelada de fs. 189. Con costas.

Tomás D. Casares — FELIPE S.

Pérez — Lvis R. Lonont — Justo L. Ar.-arez RopríGuez — RonoLro G. VALENZUELA.


SPINA Y ARMANT S. R. L. v. IMPUES" 5 INTERNOS

RECURSO DE NULIDAD.
Procede rechazar el recurso de nulidad que no ha sido fundado ni sustentado en la instancia para ante la cual fué interpuesto.

PRESCRIPCIÓN: Prescripción en materia penal. Interrupción.

La contestación por el Ministerio Público de la demanda contenciosa del art. 27 de la ley 3764 —17 T. 0.— constituye un acto procesal dirigido contra el infractor, que interrumpe la preseripción de la acción.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.

La garantía constitucional de la defensa en juicio no requiere que se asegure al acusado la exención de responsabilidad por el solo transeurso del tiempo. Por ello el art. 3 de la ley 11.685 interpretado en el sentido de que la contestación por el Ministerio Público de la demanda contenciosa del art. 27 de la ley 3764 —17, T. 0.— constituye un acto interruptivo de la prescripción de la aeción no importa violación alguna de los arts. 18 y 28 de la Const. Nacional.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1684 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-1684

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