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Fallos: 210:980 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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financiero de 1942, acompañado de la Memoria y.estados de la recaudación e inversión de los fondos y deuda pública. Con fecha 12 de abril de 1943, elevó al mismo Ministro un anteproyecto de reformas a la ley de contabilidad, redactado sobre la base de la respectiva ley nacional y las de otras provincias, y ajustado al régimen constitucional de Catamarca. Y en la misma fecha sometió también al Poder Ejecutivo un anteproyecto de ley de "Defensa del Patrimonio", debidamente fundado y basado en el art. 57 de la Constitución local. Estos proyectos debían servir de base a la estructuración del sistema técnico contable de la Provincia.

Que posteriormente —en 11 de mayo de 1943— luego de una ímproba tarea, el actor presentó al Ministro mencionado un extenso informe conteniendo el sistema de contabilidad y contralor a implantarse en la Dirección General de Rentas de Catamarca.

Que no es necesario destacar la importancia de los trabajos practicados por el Sr. Lemme, que resulta de su sola enumeración, la que también da idea de los beneficios que han reportado a la Administración, ya que fueron aprobados y puestos en vigencia. Trátase de tareas cuyo tecnicismo y complejidad requerían especialización en la materia y una gran experiencia en la función pública, que su mandante posee en alto grado por sus estudios universitarios y por haber desempeñado en su provincia —Tucumán— los más altos cargos de la Administración.

Que por decreto de 15 de junio de 1943, —cuyn —' copia acompaña— el Gobernador de Catamarca aprobó los informes presentados por el actor, disponiendo además que continuara su trabajo en las reparticiones autárquicas.

Que entre tanto se produjo la revolución del 4 de

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:980 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-980

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