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Fallos: 210:756 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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A E E : E
e 756 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs, Aires, 20 de abril de 1948.

Y vistos: Considerando:

$ Que en autos está plenamente probado, como se demuestra en la sentencia apelada y en la de primera instancia, que el día 3 de mayo del año 1943, a las 13 hs. en la colonia "La Dificultad" —lote 9— jurisdicción poliE cial de cojonia "Elisa", territorio nacional del Chaco, fueron asaltados los vendedores ambulantes Mendel Mayer Waltman y León Pascar; que a consecuencia del hecho resultó muerto Waltman y lesionado Pascar al ser atacado con armas blancas, despojándoseles del dinero que llevaban consigo.

Que la responsabilidad criminal de Cañete también está demostrada, pues su presencia y concurso de acción en el hecho criminoso ha sido eficiente y adaptada para facilitar su ejeención.

Que la calificación legal del hecho, es la de homicidio calificado —art. 80, inc. 3, del Código Penal— como lo sostiene el Sr. Procurador General de la Nación a fs. 104 y no la que hace la sentencia en recurso que encuadra el hecho cometido en el art, 165 del Código Penal, por cuanto la víctima fué muerta en forma sorpresiva y el móvil del delito fué la apropiación del dinero que llevaba consigo, dejando de ser la muerte una consecuencia accidental del robo.

Que por no existir apelación fiscal, no puede modificarse —agravándola— la pena impuesta.

En su mérito se confirma la sentencia apelada de fs. 96 que condena a Santos Beatriz Cañete, por homi

ÉS

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:756 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-756

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