MULTAS.
La imposición de multas por la administración, legalmente autorizada al efecto, no es inconstitucional, si queda respecto de las mismas expedito el recurso a la justicia, IMPUESTOS INTERNOS: Procedimiento. Vía contenciosa.
a La demanda contenciosa del art. 27 de la ley 3764 versa únicamente sobre las multas aplicadas a los contribuyentes y da. Jugar a un juicio penal de plena jurisdicción cuya sentencia tiene fuerza de cosa juzgada, que también tiene la resolución administrativa consentida.
Dicha demanda contenciosa no es acumulable al juicio civil por repetición de impuestos.
ACCION CIVIL.
Cualesquiera sean las conclusiones de la sentencia del juicio ordinario de repetición de impuestos internos sobre la existencia del hecho imponible y la responsabilidad del contribuyente, queda firme la sentencia dictada en el juicio eriminal referente a la multa.
RECURSO DE REVISION.
El recurso de revisión no puede intentarse respecto de sertencias dictadas en el juicio contencioso del art. 27 de la ley 3764 sino en ¡a forma y en los supuestos que el Cód. de Proceds. en lo Criminal prevé.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Mendoza, junio 27 de 1946.
Y vistos: Estos autos n" 72.036, caratulados: °°.José M.
Santamarina contra Gobierno de la Nación por repetición de pago", llamados a fs. 65 para dictar sentencia, de los que resulta:
Que a fs, 1 se presenta don José M. Santamarina entablando demanda contra el Gobierno de la Nación por devolución de la suma de $ 1.500 abonada en los autos N° 60.993
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:66
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