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Fallos: 21:81 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Fallo del Juez Secelonal.

Buenos Aires, Setiembre 27 de 1878, Vistos esos autos seguidos por los Sres. Rouvier, Desimoni y €°, como dueños de la goleta «Monterrosso», eapítan loux contra el capitan Mir, por esbro del salvatage de la go= leta «Villa de Colon> naufragada en el Uruguay y de que resulta:

17 Que en 25 de Marzo de 1875, sorprendida por un tor= hellino la goleta « Villa de Colon» naufragó en la costa argentina del Rio Uruguay, en el paso llamado Pepe-Ji, quedando completamente tumbada y perdida su arboladura, y como en esas eirennstancias navegase cerca la goleta < Monterroso», Esta ocurrió al lugar del siniestro y con su tripulación procedió á salvar la tripulacion del buque nánfrazo y tomando d su bordo á su capitan lo Hevó á Paysandú, dejando nue lancha y velas para servicio de la tripulación. ' 2 Que despues de arribar á Paysandú el capitan de la «Villa de Colon» convino con el de la e Monterrosso> en que volviese Á concluir el salvatage de la primera y así lo hizo salvando la carga y poniendo á flote y remoleando hasta puerto seguro al buque naufragado, por todo lo que venia en demandar al Capitan Mir, por la indemnización correspondiente, que estimaba en 30,000 $ mie.

3 Que corrido traslado de la demanda, la parte de Mir desconoce °] derecho que se invoca porque la < Villa de Colon» no estaba perdida desde que estaba en la costa, que no hubo "el convenio intecado de salvatage sinó el de fetamento para trasportar la carga que se salvase y que si prestó algunos servicios eran de los usuales entre navegantes.

45 Que se abrió la cansa ú prueba para justificar el naufragio efectivo del bugue, el convenio 6 consentimiento del Ca

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:81 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-81

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