Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 21:442 de la CSJN Argentina - Año: 1879

Anterior ... | Siguiente ...

por el Señor Procurador General en su precedente vista, el auto apelado de foja cuatro, y devuélvanse los nutos, 3. D. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ, —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
—— E —— CAUSA € La empresa del Ferro-Carril Central Argentino contra los hermanos Jewell, — Sobre pericia.

Sumario. — Cuando una sentencia libra al juicio de peritos la determinacion de las obras que deben practicarse para que los terrenos superiores no causen perjuicio 4 los inferiores, la pericia debe ser aprobada, siemp:e que no haya vicios en el nombramiento y que esta verse sobre los puntos librados á su competencia.

Caso. — En los autos seguidos ante el Juzgado Federal de Santa-Fé, por D. Eduardo y D. Cárlos Jewell contra la empresa

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

61

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1879, CSJN Fallos: 21:442 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-442

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 21 en el número: 442 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos