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Fallos: 21:329 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Fallo del Juez Seccional Buenos Aires, Mayo 1° de 1679.

Vistos los autos seguidos por los herederos de D. Juan María Perez, como Capitan de la barca « Adelina Rivas», con los armadores actuales de dicho buque, por devolucion de varias espeoies quedadas por fallecimiento del primero, y de que resulta lo siguiente : .

4" Que dicho Capitan tomó el mando del espresado buque en el mes de Febrero de 1871, saliendo en viaje de este puerto para Burdeos.

3" Que dicho Capitan falleció en el Puerto del Carril el 19 de Febrero de 1872, llevando las especies que aparecen inventariadas á f. 23, quedando en poder del Capitan que lo subrogó, D. Hilarion Rodriguoz), con excepcion del dinero efectivo, que segun se vé 41. 95 recibió D. José Liro.

3" Que los herederos del dicho Capitan y su viuda, pusieron la demanda de f. 1, cobrando los sueldos atrazados € impagos del espresado Capitan Perez, la devolucion de un anticipo de dinero para compra de provisiones del buque, hecha á los Sres.

Corti y Riva, y para la restitucion del dinero, alhajas, ropa y otros objetos que quedaron al fallecimiento del espresado Capitan Perez, contra los actuales poseedores ó armadores del espresado buque llamado hoy «Gran Conde».

4" Que corrido el traslado contra los actuales armedores del espresado buque, y despues de deducidos varios incidentes (de incompetencia, fala de personería) llegó el caso de intimarse á los demandados contestar la demanda en el término de 24 horas y no haciéndolo incurrieron en el apercibimiento de la rebeldía pidiéndose en consecuencia autos para resolver, Y considerando: 1" Que en vista del rol de la tripulación de f. 21 de la baroa « Adelina Rivas», espedido en Montevideo por

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-329

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