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Fallos: 21:30 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Fallo de la Suprema Córte Buenos Aires, Febrero 1° de 1879, Vistos: por sus fundamentos y hubiendo las partes de Don Santiago Cánepa y Doña Luisa Marconi de Compiano desertado del juicio, se confirma con costas la sentencia apelada de foja ciento sesenta y nueve; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.

1. B. COROSTIAGA. — O. LEGUIZAMON. —

ULADISLAO FRIAS.
—.o E

CAUSA Y
D. Bernardo Iurraspe, contra los Sres. Il. y S. Carlisle y C° sobre escrituración de contrato Sumario. —1° En los contratos de mayor enantía, la prueba de testigos no puede justificar su existencia; artículo 57, título De los Contratos, Código Civil,

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-30

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