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Fallos: 21:255 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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incluido los documentos que comprueban que Rives sea agente de la compañía, como era indispensable para poder litigar 4 nombre de ella (artículo 7°

Failo de la Suprema Córte.

Buenos Aí.s, Mayo 17 de 1879, Vistos y considerando: Primero. Que interpuesta la demanda corriente á foja sesenta y ocho, el inferior mandó de ofivio, ron arreglo al artículo enarto de la Ley Nacional de Procedimientos, que el demandante Don Pedro Risso ucreditase préviamente su personería, Segundo. Que satisfecha esta exigencia con la presentacion del poder de foja noventa, Risso fué tenido por parte, por anto te foja noventa y dos, en representación de Don Saturnino ltives, dándose traslado de la demanda á Don José Folgueras, Tercero. Que en este estado del juicio, la excepcion de falta de personería opuesta por el demandado, debía ser sustanciada necesariamente con audiencia del demandante isso, con arre

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:255 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-255

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