Dentro del término Risso presentó un poder otorgado en la República del Uruguay, por Don Saturnino lives, especial 4 Don Pedro isso « para que en nombro y representacion del « otorgante cobre y perciba de quien corresponda, el importe « de los servicios prestados por el vapor «Silex» en la esplora« cion y para descubrir al vapor «Porteña ». Para el efecto « sus incidentes y dependencias, lo faculta para presentarse « ante las autoridades de la Confederacion Argentina y prévios « los requisitos conciliatorios, para practicar ante ellos todos « los actos conducentes que el otorgante haria y practicaria « si preseate fuese, aunque aquí espresamente no se mencionen, « pues quiere que para lo dicho se vea por este acto conferido « el mas ámplio poder que se requiera».
El Juez mandó tener por parte á Risso y corrió traslado de la demanda.
Don José Folgueras sin contestar espuso que despues de los apercibimientos decretados y de los varios términez »enerdos, era ya tiempo que se rechazase la personería invocada por ltisso y se librase oficio para el desembargo de los fondos.
Que en el poder presentado no consta que Risso tenga nada que ver con las Mensagerías Fluviales ni tampoco que el sea el dueño del vapor «Silex». Que no conteniendo el poder presentado ningun documento habilitante, él era de ningun valor y no acredita personería alguna, Fallo del Juez de Secelon.
Buenos Aires, Diciembre 5 de 1878, Resultando que Don Pedro Risso en cumplimiento del au's de foja setenta y nueve vuelta, que dispone justifique bajo apercibimiento la representacion que invoca de la compañía de Mensagerias Fluviales ha presentado la escritura de poder que corre ú foja noventa, otorgada en el Salto á nombre de Don Saturnino lives: que en la espresada escritura no se han
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:254
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