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Fallos: 209:92 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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9 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA pago de derechos de importación correspondientes a mercaderías introducidas libres de derechos y desviadas porteriormente del destino en que se fundó la fran quicia — C. S. 204-602; 205-62 y 87, etc.

Por ello se confirma la resolución de fs. 119 vta.

en cuanto pudo ser materia de recurso.

Tomás D. Casares — FeLire S.

Pérez — Luis R. Lowonr — Justo L. ALv.nez Roprícuez — Ronorro G. VALENZUELA.


JUAN A. PAPINI v. CAJA DE JUBILACIONES DE
EMPLEADOS FERROVIARIOS
JUBILACION DE EMPLEADOS FERROVIARIOS: Cómputo de servicios.

El afiliado que ués de haber pedido, para obtener la jubilación, que + formulara el cargo correspondiente al tiempo de servicios prestados sin de ori siguió trabajando mientras se cumplían los ti imites administra tivos y llegó así a reunir el tiempo necesario para jubilarse sin tener que recurrir a aquellos servicios sin aportes, tiene derecho a prescindir de éstos y del pago de los aportes correspondientes a los mismos.

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL DEL TRABAJO .
Excma. Cámara:

De todo lo actuado en estos autos se desprende, que al tiempo que el reclamante solicitó se le formulara cargo, por el tiempo de prestación de servicios sin aportes, ello era necesario E para estar en condiciones de ley para acogerse al beneficio jubilatorio. Pero ocurre, que durante el lapso que duran las U tramitaciones administrativas, el beneficiado sigue prestando y servicios y como consecuencia de una manifiesta morosidad en ñ tales tramitaciones, cumple el tiempo indispensable para gozar 5 e

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-209/pagina-92

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