la indemnización por aecidente del trabajo, razón por la que procede el recurso extraordinario fundado en los arts.
9 y 10 de la ley 9688.
ACCIDENTES DEL TRABAJO. Derechos de los beneficiarios y caja de garantía.
El art. 9" de la ley 9688 debe interpretarse en el sentido de. que el importe de la "indemnización por accidente del trabajo, no será entregado al interesado, sino depositado en la caja de garantía.
El art. 9? de la ley 9688 prima sobre las disposiciones anteriores de las leyes o deeretos provinciales.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
La sentencia de fs. 33, confirmada a fs, 45, ordena que el monto de una indemnización por accidentes del trabajo (Ley 9.688) depositada en el Tnstituto Nacional de Previsión Social —Sección Caja de Accidentes del Trabajo— sea entregada directamente al interesado.
Se ha opuesto a ello el depositante por entender que se violan con tal resolución los arts. 9 y 10 de la ley precitada.
Aunque ésta sea de carácter común, ampliatoria o modificatoria del Cód. Civil, V. E. ha atribuído a las disposiciones aludidas aspecto federal atento su finalidad y la forma en que deben ser aplicadas en todo el territorio de la Nación con respecto a una institución federal como lo es el expresado instituto.
No cabe duda, pues, que está en discusión la interpretación y aplicación de tales preceptos; y que habiendo sido la sentencia apelada contraria al derecho invocado oportunamente por el recurrente, fundado en dichos preceptos federales, se encuentran cumplidos en
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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:601
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