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Fallos: 209:507 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 507 Cód. de Procedimientos en materia penal de la Capital y Justicia Federal, art. 241 y sigtes, de la ley 50; que se funda en la aparición de hechos nuevos debiendo considerarse tales Jas nuevas leyes que mejoran la situación del condenado" (págs, 393 in fine y 394 del t. 186).

Que la situación del actor no sería mejor en el supuesto de que los hechos hubieran ocurrido como lo o pretende —o sea que nunca había sido castigado antes por infracción al art. 662 del Código de Justicia Militar— y de que hubiera mediado, como lo sostiene, aplicación indebida de la pena de destitución por haber sido procedente tan solo un simple apercibimiento, pues no hay recurso de revisión —que ha sido creado para evitar la injusticia de una condena fundada en documentos o hechos falsos o erróneos y es excepcional y de derecho estricto— por la errónea aplicación del derecho (ley 27, art. 7, ine. 3; ley 50, arts. 241 y sigtes.; Cód. de Proceds. Criminales, arts. 551 y sigtes.¿ arts, 438 y sigtes, del Cód. de Justicia Militar; Fallos: 106, 352) y 10 ha mediado en el presente caso ni lo pretende el actor, amnistía, indulto ni conmutación (arts. 474 y sigtes, del Cód, de Justicia Militar).

Que, por consiguiente, el Poder Ejecutivo se ha apartado de las normas legales vigentes y se ha extralimitado en el ejercicio de sus facultades regladas por aquéllas al dejar sin efecto por el decreto del 30 de setiembre de 1939 lo resuelto con fuerza de cosa juzgada por el de fecha 26 de octubre de 1925. Habiendo, pues, sido dictado el decreto de 1939 sin el requisito de la competencia indispensable para su validez, su revocación dispuesta en 1940 era procedente conforme a la jurisprudencia de esta Corte Suprema recordada en uno de los anteriores considerandos (confr, especialmente Fallos: 189, 209). No se trata aguí, como resulta de lo expuesto, de la revocación de un decreto dictado

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:507 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-209/pagina-507

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