Capital conocer en las causas sobre infracciones a la ley 12.591 en que medió resolución condenatoria del P. E.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causus penales. Violación de normas federales.
Con arreglo a la ley 12.833 no corresponde a la justicia ordinaria sino a la federal de la Capital conocer en los recursos de apelación contra las resoluciones condenatorias por infracción a la ley 12.591 dictadas por el P. E. Nacional (1).
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Entre el Juez Federal en lo Criminal y Correccional y el de sentencia en lo criminal, ambos de la Capital de la Nación, se ha trabado cuestión de competencia negativa para conocer en la presente causa por infracción a las leyes sobre fijación de precios máximos para artículos de primera necesidad.
Corresponde a V. E. dirimirla atento lo dispuesto por el art. 9" de la ley 4055.
Resulta de lo actuado que el P. E. Nacional, a base de los sumarios respectivos, aplicó multas a varias personas por conceptuarlas infractoras a la ley de la materia n° 12.591. Siempre bajo la vigencia de dicha ley, los interesados apelaron para ante el juez de sección de acuerdo a lo previsto por la misma; concediéndoseles el recurso.
Durante la tramitación de éste se dictó la ley 12.833 que, modificando la jurisdicción de apelación, estableció —art. 7°— la competencia de los jueces del cri1) En la misma fecha fueron resueltas en igual forma otras causas análogas a la presente.
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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:31
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