Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 203:136 de la CSJN Argentina - Año: 1945

Anterior ... | Siguiente ...

Que las dificultades que el Sr. Acuña menciona en cuanto a su inteligencia o comprensión personal de los detalles de los formularios para la declaración jurada, cabe observar: a) que ni las leyes ni los reglamentos pueden ponerse en el caso de la capacidad personal de cada contribuyente, bastando con que ellos sean lo suficientemente claros para la capacidad media normal de los mismos; b) que en el caso de dificultades insalvables para cada cual, la ley 11.683 autoriza a solicitar la manifestación de oficio —arts. 6 y 7—; y c) que la Dir.

de Réditos ofreció al Sr. Acuña su auxilio para que pudiera cumplir correctamente con su obligación —fs. 9—.

Que la sanción penal impuesta al recurrente está de acuerdo con el art. 16 de la ley 11.683 t, o.

En su mérito y de acuerdo con lo dictaminado por el Sr, Procurador General se confirma la resolución apelada en cuanto pudo ser materia del recurso.

Roserro Repetto — ANTONIO SaGARNA — B. A. Nazan AxCHORENA — . Ramos Mesía — T. D. Casares.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

106

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1945, CSJN Fallos: 203:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-203/pagina-136

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 203 en el número: 136 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos