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Fallos: 201:409 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 109 nacimiento de su hijo ocurrido el 4 de enero de 1943 en el sanatorio de la Av. Alvear 3576 con el nombre de "Patricio Keith Fleming", a lo que se opuso el jefe del Registro. Recurrida esa resolución ante el juzgado en lo civil para que se ordenara la inscripción, ésta fué denegada por el juez y luego por la Cám, ?° en lo civil que confirmó la sentencia de 1 instancia.

El apelante en su escrito de fs, 19 presentado ante la Cám. en lo civil funda su derecho en los arts. 14 y 19 de la Const. Nacional por cuanto en la sentencia de 1 instancia se le prohibe dar un nombre a su hijo que no figura en la lista de los santos de la lglesia Católica, en contra de la garantía constitucional de profesar libremente su culto y de no estar obligado a hacer lo que la ley no manda. Esos mismos artículos, entre otros de la Constitución, se invocan en el escrito en que interpone el recurso extraordinario. Y siendo la sentencia contraria al derecho invocado por el apelante que se funda en las citadas cláusulas constitucionales, el recurso extraordinario es procedente, de acuerdo al art.

14, ine. 3", de la ley 48.

Y en cuanto al fondo de la cuestión:

Que la sentencia apelada sostiene que la ley 1565 no contiene disposición alguna relativa al nombre que pueda darse a las personas; por lo que, en ausencia de disposiciones expresas, la costumbre ha consagrado como nombres los contenidos en el calendario o bien los nombres de carácter histórico o dotados de celebridad mundial. Lo que no ocurre, dice, con los nombres Keith y Fleming que el recurrente quiere agregar al de Patricio, El art. 42, ine. 3, de la ley 1565 sólo establece al respecto que la inscripción del nacimiento se hará ex

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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:409 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-201/pagina-409

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